El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es la referencia oficial en España para calcular la capacidad económica en trámites de extranjería, como el arraigo social, arraigo laboral, visados de residencia no lucrativa o renovaciones. Con la entrada en vigor del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), su uso se ha reforzado como baremo obligatorio para acreditar medios de vida.
Cuantía IPREM 2026 (Datos Clave)
La cuantía del IPREM para 2026 se actualizará conforme a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) correspondientes. La cifra definitiva se publicará en el BOE a principios de 2026. Hasta que se confirme oficialmente, se aplican los valores vigentes de 2025, que son los siguientes:
Nota: La cifra definitiva para 2026 se publicará en el BOE a principios de 2026. Consulta siempre la última actualización oficial antes de presentar tu solicitud.
- IPREM diario: 19,50 €
- IPREM mensual: 600,00 €
- IPREM anual (12 pagas): 7.200,00 €
- IPREM anual (14 pagas): 8.400,00 €
Aplicaciones Prácticas en Extranjería (RD 1155/2024)
### 1. Arraigo Social (Art. 124)
### 2. Arraigo Laboral (Art. 125)
### 3. Residencia No Lucrativa (Art. 66)
### 4. Renovaciones y Modificaciones
- Requisito económico: Acreditar medios suficientes equivalentes al 50% del IPREM mensual (≈300,00 €) para el titular, más un 25% adicional por cada familiar a cargo.
- Cálculo: Para una familia de 2 miembros: 300,00 € + (150,00 €) = 450,00 €/mes.
- Exigencia: Contrato de trabajo con jornada mínima de 20 horas semanales y salario no inferior al SMI o al IPREM en proporción. Se valora el IPREM como referencia para contratos a tiempo parcial.
- Cuantía exigida: 400% del IPREM mensual (≈2.400 €/mes) para el solicitante principal.
- Por cada familiar: +100% del IPREM (≈600 €/mes adicionales).
- Arraigo sociolaboral: Se exige 150% del IPREM (≈900 €/mes) si no hay contrato, o contrato vigente.
- Tarjeta de familiar de comunitario: Se usa el IPREM para demostrar recursos (no puede ser inferior al 100% del IPREM).
¿Cómo se Acredita?
- Documentos válidos: Nóminas, contrato de trabajo, extractos bancarios (últimos 6 meses), certificado de pensiones o prestaciones.
- Cómputo: Se suman los ingresos netos de todos los miembros de la unidad familiar.
- Excepción: Si el solicitante tiene discapacidad o es víctima de violencia, se aplican umbrales reducidos (ver art. 67 del RD 1155/2024).
Consejos Prácticos
*Fuente: Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), Ley 14/2013, PGE 2025 (valores vigentes).*
- Actualiza siempre el IPREM vigente en el momento de presentar la solicitud (no el del año anterior).
- Calcula con margen: Si tus ingresos están justo en el límite, aporta documentación adicional (ahorros, patrimonio) para reforzar.
- Consulta la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para verificadores automáticos.



