Arraigo social sin contrato de trabajo

La respuesta corta: sí, se puede. Si no tienes oferta de empleo pero tienes vínculos familiares en España, esta es tu vía.

Actualizado a Agosto 2026Normativa: RD 1155/2024 (Reglamento de Extranjería)

Los requisitos para el arraigo social sin contrato

2 años de permanencia continuada en España, demostrable (empadronamiento, sellos del pasaporte, contratos previos).
Empadronamiento en tu municipio, actualizado (ideal menos de 3 meses).
Vínculo familiar con ciudadano español o residente: pareja de hecho registrada, cónyuge, hijos o progenitores.
Antecedentes penales limpios en España y en tu país (certificado apostillado y traducido).
Certificado médico de no padecer enfermedades de interés sanitario.
Medios económicos: en la vía sin contrato se valoran los medios propios (ahorros, ingresos del vínculo familiar) equivalentes al SMI.
Clave: el arraigo social con vínculos familiares es la vía de regularización más utilizada en España. El «contrato de un año» es la alternativa para quien no tiene vínculos, no un requisito universal.

Qué aportar para acreditar el vínculo

Certificado de matrimonio o pareja de hecho registrada, apostillado y traducido si se celebró en el extranjero.
Certificado de empadronamiento conjunto que demuestre la convivencia actual.
Informe de vivienda del ayuntamiento (lo emiten muchos municipios; pregunta en el tuyo).
Partidas de nacimiento si el vínculo es con hijos o progenitores.
Cartas de vínculos firmadas (la guía de arraigo incluye las plantillas listas para usar).
La Guía Arraigo Social 2026 incluye las plantillas, el checklist completo y los 7 errores que causan denegación — gratis.

Alternativas reales sin contrato

1

Arraigo sociolaboral

Si tienes un contrato que sume al menos 20 horas semanales con salario de SMI o convenio (por cuenta ajena o propia) en los últimos 2 años, esta vía no exige contrato futuro.

2

Arraigo socioformativo

Para mayores de 16 años que se comprometen a una formación oficial de al menos 6 meses (FP, empleo, etc.).

3

Arraigo familiar

Si eres familiar directo de un español o residente de larga duración, tu vía puede ser el arraigo familiar.

No cometas estos 4 fallos

1Presentar sin los 2 años cumplidos. El plazo se cierra el día de la presentación, no el de la resolución.
2Pareja de hecho sin registrar. La convivencia "de hecho" no basta: necesita inscripción en el registro oficial (o matrimonio).
3Documentos sin apostillar. Matrimonio, nacimiento o antecedentes sin apostilla «no existen» para la administración.
4Medios económicos incoherentes. Unos ahorros que no cuadran con tu historial levantan dudas. Presenta lo real y documentado.

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