Compraventa de bien mueble (objeto genérico)

Para vender y comprar cualquier objeto de valor entre particulares: muebles, bicicletas, electrónica, herramientas...

Ideal para:ventas de segunda mano— deja por escrito qué se vende, por cuánto y en qué estado, y evita malentendidos posteriores.
CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE BIEN MUEBLE
Entre particulares · España

En ________________, a ____ de ________________ de 20____.

REÚNEN

De una parte, D./Dña. ________________________________, mayor de edad, con DNI/NIE ______________, y domicilio en ________________________________, en adelante EL VENDEDOR.

Y de otra, D./Dña. ________________________________, mayor de edad, con DNI/NIE ______________, y domicilio en ________________________________, en adelante EL COMPRADOR.

CLÁUSULAS

PRIMERA. — OBJETO DE LA COMPRAVENTA. El vendedor transmite al comprador, que acepta, la propiedad del siguiente bien o bienes muebles:

Descripción del bien: __________________________________________
Marca / Modelo: ________________    Nº de serie: ______________
Estado: ______________________________________
Accesorios incluidos: ______________________________

SEGUNDA. — PRECIO. El precio total de la compraventa asciende a__________ € (________________________________ euros), IVA no aplicable por tratarse de una operación entre particulares.

TERCERA. — FORMA DE PAGO. El precio se abona mediante:________________________________(efectivo / transferencia / Bizum / pago fraccionado según calendario:______________). El vendedor declara haber recibido el precio íntegro en el acto de la firma.

CUARTA. — ENTREGA. La entrega del bien se realiza en el día de la fecha, en________________________________. Desde la entrega, los riesgos de pérdida o daño del bien corren a cargo del comprador.

QUINTA. — PROPIEDAD Y CARGAS. El vendedor declara ser el legítimo propietario del bien, que se encuentra libre de cargas, embargos, gravámenes y deudas, y que nadie tiene derecho alguno sobre él.

SEXTA. — ESTADO Y GARANTÍA. El bien se vende en el estado en que se encuentra y descrito en la cláusula primera, declarando el comprador haberlo examinado y aceptado. Si el bien tuviera garantía comercial del fabricante pendiente, esta se transfiere al comprador en los términos del fabricante.

SÉPTIMA. — LEGISLACIÓN. Este contrato se rige por la legislación española (Código de Comercio y Código Civil). Para cualquier controversia, las partes se someten a los juzgados y tribunales del domicilio del comprador.

Y para que así conste, ambas partes firman el presente contrato por duplicado, en el lugar y fecha indicados.

EL VENDEDOR
Firma: ______________________
DNI: ______________________
EL COMPRADOR
Firma: ______________________
DNI: ______________________
www.mundotramite.com
Nota: este documento es una plantilla orientativa de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico. Verifica su adecuación a tu operación (entre particulares no se aplica el derecho de desistimiento de compra online). Ante dudas, consulta a un profesional.